Admisión de nuevo alumnado
¿Quieres estudiar en el Conservatorio?
¿Cuándo puedo inscribirme en las pruebas de acceso?
¿En qué consisten?
¿Puedo empezar en un curso que no sea primero?
¿Puedo realizar un traslado desde otro centro?
Normativa que regula el acceso a las enseñanzas de régimen especial
La admisión y matriculación de alumnos en los conservatorios profesionales de música y danza de las Illes Balears debe realizarse de acuerdo con lo que dispone la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 14 de abril de 2009 y el BOIB núm.38 de 27 de marzo de 2025
Orden en la admisión del nuevo alumnado
1. Alumnos que superen las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales.
2. Alumnos de enseñanzas profesionales que soliciten el reingreso en el centro.
3. Alumnos de enseñanzas profesionales que soliciten traslado de expediente con un máximo de 2 años desde que abandonaran las enseñanzas profesionales.
4. Alumnos que superen las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales.
5. Alumnos de enseñanzas elementales que soliciten el reingreso en el centro.
6. Alumnos de enseñanzas elementales que soliciten traslado de expediente con un máximo de 2 años desde que abandonaran las enseñanzas elementales.
7. El resto de situaciones no incluidas en los apartados anteriores